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Horario de verano:   

Lunes a Viernes   
de 9 a 14h   



Horario de invierno
:   
Lunes a Viernes   
de 9 a 14h   
Martes y Jueves   
de 17 a 19h  



  Compra-venta

Concepto

Contrato por el que una persona vende a otra que compra, una cosa(vivienda, automóvil, acciones,..) a cambio de un precio en dinero o signo que lo represente. Nos vamos a referir a la compra de bien inmueble (vivienda) por ser la más común en la notaria.


Información fiscal

  • Si la compra es a un particular se devenga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITPAJD), es de cargo del comprador y se liquida tomando por base la declarada como precio de venta al tipo del 7%.
  • Si la compra es a un promotor se devenga IVA a cago del comprador, además del impuesto de actos jurídicos, al tipo del 1% O 0,1% según se trate de compraventa de inmueble en general o de compraventa de vivienda que constituya la residencia habitual.

El pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana es de cuenta del vendedor, el pacto en contrario, esta excluido en aquellos supuestos en que el vendedor actúe con carácter profesional.
La Notaría solicitará del Registro de la Propiedad competente una Nota Simple Informativa que permite a la parte compradora conocer el estado de cargas de la vivienda objeto de compraventa en la fecha del otorgamiento, si hay hipoteca sobre la propiedad debe solicitar: Certificado del banco determinando la cantidad que se adeuda en la fecha prevista para la firma.

 


Documentación

  • Original del título de propiedad de los vendedores
  • D.N.I. de compradores y vendedores. En el caso de sociedades, los poderes correspondientes o vigencia del cargo del representante, los extranjeros no residentes N.I.E.
  • Certificado de que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de comunidad
  • Último recibo del I.B.I.
  • Precio y forma de pago acreditandola.

Aviso legal